IZQUIERDA SOCIALISTA PIDE A LA JUNTA DE ANDALUCÍA LA INTERVENCIÓN EN “SERUNIÓN” CONTRA EL DESPIDO DE CARRASCO.
El pasado día 18-4-08, a las 11,45 horas quedaba presentada en el Registro del Partido Socialista Obrero Español en Málaga, la resolución que ha adoptado la corriente de opinión “Izquierda Socialista-PSOE-A, sobre la situación en SERUNIÓN, donde se ha acordado por unanimidad una posición clara de los Coordinadores asistentes, de firme defensa en solidaridad con el compañero despedido, a la vez que nos comprometemos a continuar la lucha, participando y apoyando democráticamente las acciones, manifestaciones, concentraciones y actos que en defensa de este caso y, por la READMISICÓN DEL DESPEPDIDO JUAN CARRASCO, sean convocados por los Sindicatos, el Comité de Lucha y piquetes que se organicen, para que se respeten los derechos e intereses de los trabajadores. El texto completo de dicha Resolución es el que sigue:
IZQUIERDA SOCIALISTA DE MÁLAGA
P.S.O.E. DE ANDALUCÍA.
is-psoe.malaga@terra.es
http://ispsoemalaga.org
A LA COMISIÓN EJECUTIVA PROVINCIAL DE MÁLAGA.
PARTIDO SOCIALISTA OBRERO ESPAÑOL (P.S.O.E.)
JOSÉ MARTÍN RODRIGUEZ, con D.N.I. 25.036.563-M, domiciliado en Camino San Rafael, 40-5º Dcha. C.P. 29006-MÁLAGA, en representación de la Coordinadora Provincial de Málaga, de la Corriente de Opinión Izquierda Socialista-PSOE DE ANDALUCÍA, y con el mandato expreso de la misma, comparece y como mejor proceda,
EXPONE:
Considerando muy grave la situación que se está dando en las relaciones existentes entre la empresa Serunión-Elior, (Centro de trabajo de la Cafetería del Hospital Civil de Málaga) y su representación sindical, de forma continuada, hemos acordado remitir a nuestra dirección la presente instancia, acogiéndonos al Derecho de Petición del Art. 29 de la Constitución, que dice: “Todos los españoles tendrán el derecho de petición individual y colectivo, por escrito, en la forma y con los efectos que determine la Ley”, por todo lo cual, pasamos a explicar los hechos que nos llevan a ejercer este Derecho, que reflejamos en la solicitud expresada al final de la presente:
El representante de la Sección Sindical de CCOO, en el mencionado centro de SERUNIÓN-ELIOR, ha sido despedido el martes 12 de Febrero. El despido de Juan Carrasco, consideramos que ha sido de forma injusta e ilegal. La comunicación del despido se hizo por sorpresa y sin dar explicaciones ni abrir expediente alguno siendo éste Delegado. En la carta de despido aparece como causa “la disminución continuada y voluntaria en su rendimiento normal de trabajo”. Eso es totalmente falso. Además, el procedimiento de despido y las sanciones impuestas anteriormente, recurridos ante los Tribunales, denotan una persecución sindical y hostigamiento antisindical que condenamos rotundamente.
Estos graves atropellos a la dignidad del Delegado Sindical se dan después de una campaña de acoso moral contra el compañero que fue sancionado con 16 días de suspensión de empleo y sueldo el pasado año. El motivo de aquella sanción, ha sido poner una nota informativa en el tablón de anuncios a todos los trabajadores. Dicha sanción fue cumplida en su momento por el trabajador y recurrida ante los tribunales, estando a día de hoy pendiente de juicio. Según los servicios jurídicos de CC.OO. en dicha hoja informativa no hay ningún motivo de sanción.
La Empresa ni siquiera ha respetado el derecho fundamental del compañero a defenderse de una sanción injusta: lo ha despedido antes del juicio porque la Empresa no quiere que se sepa la verdad, y es que sancionó a un trabajador injustamente por colocar una hoja informativa a todos los trabajadores, ejerciendo el derecho que le ampara como Delegado Sindical por CCOO.
Las miras de la empresa van más allá. La verdadera causa de este despido sospechamos que no es solamente coartar los derechos laborales del compañero Juan Carrasco, sino atacar los derechos laborales de todos y cada uno de los trabajadores de Serunión. Estamos ante un despido totalmente arbitrario e injusto, un despido que será la antesala de más injusticias que le pueden tocar a cualquier trabajador.
La empresa pretende eliminar obstáculos para lanzarse sobre los derechos de toda la plantilla y sembrar el miedo entre todos los trabajadores. A partir de ahora, cualquier trabajador que piense organizarse sindicalmente en la empresa tendrá que plantearse previamente: “si el representante sindical de CCOO es despedido sin más explicación ¿Qué no me puede pasar mí o a otros trabajadores?”.
La empresa quiere que todos aprendan la lección. No es una afirmación gratuita, pues en la cafetería del Hospital Civil es donde se da, si no el índice más alto de bajas laborales, sí de los primeros de todos los centros que explota Serunión en Málaga. Trabajar en estas condiciones y no hacer nada es el mejor campo abonado para que se imponga los tres objetivos principales de la empresa, trabajar, trabajar y no protestar, porque las empresas solo conocen el “amor al dinero”, a sus beneficios, que son producto de los sacrificios que los trabajadores tenemos que hacer para poder sacar a nuestras familias adelante, según información recabada de los trabajadores.
Existen indicios claros de que la empresa ha querido comprar al representante de CCOO en Serunión Juan Carrasco. Los hechos siguientes lo demuestran. El día 5 de marzo se mantuvo una reunión con los representantes de la empresa, solicitada por el propio trabajador y el sindicato para que el compañero fuese escuchado ante semejante conculcación de derechos. La posición de la empresa fue de intransigencia frente a la readmisión, llegando a plantear que en caso de encontrarse con un despido nulo recurrirían la sentencia y pondrían todos los obstáculos para impedir la readmisión, por lo que sería mejor llegar a un acuerdo económico terminando así toda relación laboral con la empresa, a lo que respondió el compañero Juan Carrasco que primero, no había sido escuchado por la empresa, cuando en la propia página Web de Serunión dice que la filosofía de Serunión-Elior es “Desarrollar y mantener la cohesión y el diálogo social en el seno del grupo y escuchar permanentemente a los empleados y sus representantes”, por lo que queda demostrado que en este caso no cumplen con lo que predican. En referencia a llegar a algún tipo de acuerdo económico el trabajador manifestó con toda claridad que “hablar de dinero para que renunciara a su puesto de trabajo y a la acción sindical en la empresa era un insulto y que además Serunión no tiene dinero para comprarlo”.
Además se barajó la posibilidad de readmitirlo pero en otro centro de trabajo, y también en esto el compañero Juan Carrasco fue tajante, explicando que él no ha hecho nada malo, se limitó a defender sus derechos y el de sus compañeros, por lo que tal propuesta era completamente inaceptable y además recordó a los representantes de la empresa que Serunión es una concesión administrativa y que los organismos públicos para los que trabaja tienen que velar por que se cumpla la normativa laboral vigente dentro de la empresa, so pena de perder incluso dicha concesión.
Los delegados de UGT en Serunión se solidarizan con el compañero despedido. CCOO manifiesta su gratitud a todos los trabajadores y muy especialmente a los compañeros delegados de UGT por la solidaridad mostrada al representante de CCOO Juan Carrasco. Y hace un llamamiento al compañero secretario general de UGT de hostelería para que apoye activamente la lucha por la readmisión del representante de CCOO en Serunión Juan Carrasco.
Consideramos que la dirección de Serunión comete un error más si piensa que va a doblegar a los trabajadores con esos métodos. No es admisible que una multinacional que gana miles de millones de euros todos los años por concesiones en edificios públicos, cobrando por tanto del Estado, no respete los derechos fundamentales de las personas reconocidos en las leyes vigentes. Nuestra corriente de opinión hemos ofrecido nuestra solidaridad ante este caso y con la unidad de todos los trabajadores de Serunión, de todos los sindicatos y de toda la clase obrera de Málaga tenemos que luchar por la readmisión inmediata del compañero Juan Carrasco sin condiciones y parar todos éstos ataques que van dirigidos a no respetar los derechos laborales de los trabajadores de Serunión.
Serunión-Elior es una empresa que tiene una concesión administrativa y por tanto gestiona recursos públicos. Desde el punto de vista sindical, y sobre todo, polìtico y económico, estas empresas que gestionan dinero de los contribuyentes y prestan un servicio público, deben ser las primeras en cumplir todo el ordenamiento jurídico tanto en materia laboral, como en otras. Los representantes del Estado, deben velar porque cumplan fielmente las leyes.
El crecimiento de esta empresa, al amparo de los recursos públicos, ha sido vertiginoso, pues las ventas han pasado de 49,40 millones de euros en 1998 a 170 millones en 2005, es decir que han multiplicado las ventas en un 340 %. Facturó 243,8 millones de euros en 2007, un 26,3% más que el ejercicio anterior, habiendo aumentado su tamaño un 100 % en cinco años. En cuanto al número de comensales declarados han pasado de 2.500 en 1978 a más de 250.000 en la actualidad, es decir que han crecido un 10.000 %, todo ello a costa de “sangre, sudor y lágrimas de sus trabajadores” que son los que han producido esa enorme masa de plusvalías.
Estos son datos públicos aportados por la propia empresa, pero quizás sería conveniente “pedir”, por los representantes de los trabajadores, (como legalmente puede hacerse) la cuenta de resultados de los últimos años, para comprender la acumulación de beneficios y sacar conclusiones de qué se ha hecho con los resultados obtenidos.
Entre los valores que dicen defender en su propaganda, también podemos leer la frase “Nos gusta cuidar de las personas. Éstas son nuestro principal activo, tanto nuestros colaboradores como clientes”. En ella, se ve claramente que han olvidado o desprecian cuidar de “sus trabajadores” como si éstos no fuesen personas, o sea que excluyen a éstos de las personas que les gusta cuidar. Paulatinamente la presión permanente de la empresa para realizar cada vez más trabajo sin aumentos sustanciales y proporcionales de plantilla, está llevando a los trabajadores a una situación de “stress” permanente.
Recientemente hubo una discusión muy fuerte en el centro de trabajo, donde tuvo que intervenir el delegado Juan Carrasco, para intentar mediar, pero fue menospreciado y criticado por el responsable. Ya hay varios trabajadores que han tenido que reclamar asistencia médica pasando a estar de baja por “depresión”, con un porcentaje de absentismo por este concepto muy superior a la media, lo que debería ser motivo para aclarar esta situación anómala y aclarar de camino, qué es lo que ocurre realmente en el seno de esta empresa y con su organigrama de mandos.
Consideramos que estos métodos empresariales, así como la sanción y el despido impuestos a Carrasco son ataques de la patronal al movimiento obrero en su conjunto que violan inadmisiblemente una cierta cantidad de normativas laborales, tanto a escala de convenio, de Estatuto del Trabajador y lo que es más grave incluso contra el Artículo 20 de la Constitución Española, que no podemos tolerar, ya que uno de sus apartados dice:
1) Se reconocen y protegen los derechos: a) a Expresar y difundir libremente los pensamientos, ideas y opiniones mediante la palabra, el escrito, o cualquier otro medio de reproducción. (…) 2) El ejercicio de estos derechos no pueden restringirse mediante ningún tipo de censura previa.
Toda Ley, reglamento, o convenio, bien colectivo o particular, que restrinja o prohíba este articulado puede ser considerado como anti-constitucional y declarado nulo de pleno derecho. También en el Art. 29 de la C.E. se recoge el derecho de petición que es el utilizado por la Sección Sindical para denunciar unos hechos y ejercer la “petición” de que se resuelvan por la empresa, pues este derecho queda reflejado así:
1) Todos los españoles tendrán el derecho de petición individual o colectiva, por escrito, en la forma y con los efectos que determine la Ley.
Aquí confunde la empresa el Derecho colectivo, como sección sindical, aplicándolo como un acto “individual”, que no lo es, pues el organismo sindical que firma el escrito es CCOO a través de su delegado Carrasco, por lo que atacar al mensajero siempre ha sido condenado como un método perverso e incorrecto.
También se han violado los Art. 54 y 55 del CONVENIO COLECTIVO DE HOSTELERIA PARA LA PROVINCIA DE MÁLAGA. En el Art. 54 se trata de los Derechos y Garantías de los representantes de los trabajadores, explicando que “En materia de derechos y representación colectiva, se estará a los establecido en la legislación laboral vigente (…) En el Art. 55 se acuerdan los “Derechos de las secciones sindicales en la empresa. En su apartado 2) dice textualmente “ La representación de estas secciones será la prevista en el actual artículo 10 de la Ley Orgánica de Libertad Sindical, si bien en aquellas empresas con más de cincuenta trabajadores pero que no alcancen los doscientos cincuenta previstos legalmente, también contarán con un delegado sindical.”
En el apartado 3) se recoge: “ Estas secciones tendrán los derechos y funciones establecidas legalmente, así como la posibilidad de transmitir por escrito información y propaganda a sus afiliados y proceder al cobro de las cuotas siempre que no se interrumpa o perjudique el proceso productivo. Igualmente a los delegados sindicales, se les reconocen los mismos derechos y garantías que a los representantes unitarios de los trabajadores”.
La referida “Ley Orgánica 11/1985, de 2 de agosto, de Libertad Sindical”, en su artículo 12, dice textualmente: “Serán nulos y sin efecto los preceptos reglamentarios, las cláusulas de los convenios colectivos, los pactos individuales y las decisiones unilaterales del empresario que contengan o supongan cualquier tipo de discriminación en el empleo o en las condiciones de trabajo, sean favorables o adversas, por razón de la adhesión o no a un sindicato, a sus acuerdos o al ejercicio en general de actividades sindicales.
Y examinando el Art. 13, podemos leer: “Cualquier trabajador o sindicato que considere lesionados los derechos de libertad sindical, por actuación del empleador, asociación patronal, Administraciones Públicas o cualquier otra persona, entidad o corporación pública o privada, podrá recabar la tutela del derecho ante la jurisdicción competente a través del proceso de protección jurisdiccional de los derechos fundamentales de la persona. Expresamente serán consideradas lesiones a la libertad sindical los actos de injerencia consistentes en fomentar la constitución de sindicatos dominados o controlados por un empleador o una asociación empresarial, o en sostener económicamente o en otra forma sindicatos con el mismo propósito de control.”
Toda esta legislación vigente ha sido violada por la Empresa, de forma intencionada. No podemos admitir que, una multinacional de la envergadura de Serunión no tenga el suficiente asesoramiento legal que le asista correctamente para que no eluda del cumplimiento de la Ley.
También ha sido examinado jurídicamente el documento escrito que la Sección Sindical mencionada colocó en el tablón de anuncios, (raíz de este conflicto) por nuestros servicios jurídicos, así como la carta de despido y la documentación aportada por el delegado y existen hechos concretos que pueden ser dados a conocer por el Sindicato a todos los trabajadores, con la intención de que la empresa los subsane y rectifique.
El intento de la empresa de desviarlo hacia interpretaciones de articulado de Convenio Colectivo o Reglamento Interior de Empresa, pueden ser interpretados como subterfugios encaminados a darle un carácter juridico-legal que en el fondo no es admisible, pues violan la Ley fundamental como es la Carta Magna y demás legislación vigente que amparan al representante de los trabajadores y que la empresa se niega a reconocer expresamente.
La acción represiva de la empresa proponiendo la sanción de 16 días de suspensión de empleo y sueldo al delegado Carrasco, y procediendo al despido de forma ilegal posteriormente, es por tanto inadmisible, a la vez que un intento de CENSURA de las opiniones de los trabajadores organizados en su sección sindical, y una flagrante violación de los más elementales Derechos del Trabajador a defenderse colectivamente contra los abusos de los empresarios, por lo que la empresa debería rectificar y levantar la sanción y proceder a la READMISIÓN INMEDIATA SIN CONDICIONES, antes de que la situación avance más, tanto en el campo de la acción sindical, totalmente legítima en estos casos por parte de los trabajadores y su sano ejercicio de la solidaridad en todas las vertientes, como en el campo jurídico, que podría llegar hasta la Confederación Europea de Sindicatos (C.E.S.) a la que CCOO pertenece e incluso al mismo Tribunal Constitucional.
Por todo lo anterior, aparte del Derecho que amparan al citado Delegado de personal de CCOO, Juan Carrasco, a ejercer todos los procedimientos legales oportunos, los cuales apoyamos solidariamente, nos dirigimos a través de la presente RESOLUCIÓN, a nuestra COMISION EJECUTIVA PROVINCIAL DE MÁLAGA DEL P.S.O.E-A, con el ruego de que haga llegar al COMITÉ DIRECTOR DEL PSOE DE ANDALUCIA, la siguiente petición:
1) Dado que Serunión-Elior es una empresa que tiene una concesión administrativa y por tanto gestiona recursos públicos,
SOLICITAMOS:
Se arbitren los mecanismos urgentes necesarios a través de la Inspección por parte del organismo pertinente, al objeto de obligar a la empresa a cumplir con la Legislación Vigente y a READMITIR AL DESPEDIDO, o en su contrario, el grupo socialista en el Parlamento de Andalucía, presente una moción a la Junta, con el objeto de que le sea retirada la concesión a SERUNION-ELIOR y cambiada la titularidad de la misma a otra empresa, con la salvaguarda de toda la plantilla para que los trabajadores conserven todos sus derechos laborales.
Por ser de justicia que pedimos en MÁLAGA, a 17 de Abril de 2008.
POR LA COORDINADORA PROVINCIAL DE MÁLAGA.
IZQUIERDA SOCIALISTA-PSOE DE ANDALUCIA.
Fdo: José Martín Rodríguez.
DNI: 25.036.563.M. Tl: 687.666.009.-
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